¿Conoces lo que son “Trust Fund Recovery Penalty” y sus consecuencias?

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¿Conoces lo que son “Trust Fund Recovery Penalty” y sus consecuencias?

Si tienes la obligación de retener y pagar impuestos de nómina de empleados, deberías leer esto. Al pagar la nómina de un empleado por lo general se le retiene un porciento de contribución de Medicare y el Seguro Social, mejor conocido como FICA (Federal Insurance Contribution Act), y contribuciones sobre ingresos. Este impuesto se le conoce en ingles como “Trust Fund Taxes”. El patrono tiene una obligación de enviar ese dinero al IRS. Si un negocio falla en enviar dicha retención, el IRS le impondrá una penalidad conocida como “Trust Fund Recovery Penalty”. Esta es una de las penalidades más severas que el IRS puede imponer a una persona responsable.

¿Como el IRS calcula la cantidad de la penalidad?

La penalidad es calculada a base de la cantidad de impuestos no pagados. Este calculo es la suma de las contribuciones sobre ingresos, más la cantidad retenida por concepto de contribución de Medicare y Seguro Social. Imagínese que luego de pagar la nómina de su empleado la cantidad total retenida y no pagada es de $150. La cantidad de la penalidad será de $150. Es por tal razón que esta penalidad se le conoce como, la penalidad del cien porciento, ya que el IRS le impondrá un cargo no menor del cien porciento del balance adeudado. Si esto le ocurre en una sola ocasión con un solo empleado, tal vez la penalidad no tenga un gran impacto en su negocio, pero si ocurre en repetidas ocasiones con más de un empleado las consecuencias podrán ser catastróficas.

¿Como saber quien es la persona responsable de pagar la penalidad?

Según se establece en la sección §6672 del Código de Rentas Internas usted puede ser responsable si es “una persona a la cual se le requiere que colecte, guarde y pague contribuciones retenidas y que intencionalmente falle en hacer estas cosas”. La ley a establecido dos criterios para determinar la responsabilidad de un individuo. La prueba se basa en identificar quien es la persona con “la obligación, autoridad y control sobre asuntos financieros del negocio”. La regla de oro para el IRS es considerar quien es la persona que firma los cheques. No obstante, es importante mencionar que no por que cualifiques como persona responsable, tendrás la obligación de pagar la penalidad. El segundo criterio es establecer si se actuó intencionalmente. Esto significa que la persona actuó voluntaria, consiente e intencional. Se actúa con intención cuando se pagan otros gastos del negocio en vez de la contribución retenida.

El IRS es muy agresivo cuando se trata de este tipo de contribuciones. El no realizar el pago es considerado una perdida de ingresos para el gobierno previniendo el financiamiento de programas federales. Al mismo tiempo es considerado evasión contributiva y apropiación ilegal, tomando en cuenta que es dinero que se descuenta de la nómina de los empleados bajo la noción de que será remitido al gobierno. Si a usted le han impuesto una penalidad por no pagar las contribuciones de nomina de empleados, el IRS tiene la faculta de tomar sus activos para satisfacer el balance. Es por tal razón que debe corregir su acción inmediatamente y responder a la entidad fiscal con prontitud. Las consecuencias de ignorar y no actuar pueden ser peores y más severas que la misma penalidad.

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